El Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019, reformada por la Ley 2094 de 2021) de Colombia es la normativa que rige la conducta de los servidores públicos y de ciertos particulares que ejercen funciones públicas. La reforma de 2021 fue crucial para adecuar el sistema disciplinario a los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos, centrándose en el fortalecimiento de las garantías procesales y la estructura de la justicia disciplinaria.
A continuación, se presenta un resumen con los aspectos más importantes del Código:
1. Bases de la Responsabilidad y Principios Rectores
La Reforma de la Ley 2094 de 2021
La Ley 2094 de 2021 introdujo los cambios más significativos para garantizar el debido proceso y la defensa de los disciplinables:
- Funciones Jurisdiccionales: Otorga funciones jurisdiccionales a la Procuraduría General de la Nación (PGN) como titular de la potestad disciplinaria.
- Sistema Mixto: Consagra un sistema mixto (escritural y verbal) para la investigación y el juzgamiento.
- Garantías Reforzadas: Fortalece las garantías procesales, incluyendo la doble instancia y la doble conformidad.
Principios Fundamentales
- Legalidad y Favorabilidad: Solo se puede sancionar por conductas descritas como falta en la ley vigente (Legalidad). Si una ley posterior es más permisiva o favorable, se aplicará de preferencia (Favorabilidad).
- Ilicitud Sustancial: La conducta es ilícita cuando afecta sustancialmente el deber funcional sin justificación alguna. La Ley 2094 de 2021 reemplazó el concepto de «antijurídico» por «ilícito».
- Culpabilidad: Se prohíbe toda forma de responsabilidad objetiva. La sanción solo se puede imponer por conductas realizadas a título de dolo o culpa.
- Cláusula de Exclusión: Se establece la nulidad de pleno derecho de toda prueba obtenida con violación de derechos y garantías fundamentales.
2. Régimen del Servidor Público: Faltas y Sanciones
Sujetos y Alcance
El Código General Disciplinario aplica a todos los servidores públicos y, en regímenes especiales, a ciertos particulares que ejercen funciones públicas, manejan recursos del Estado, o prestan servicios públicos (como los notarios).
Clasificación de Faltas
Las faltas disciplinarias se clasifican, según su gravedad, en:
- Gravísimas: Faltas relacionadas con la infracción al derecho internacional de los derechos humanos, la contratación pública, el servicio público, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, la hacienda pública, o las que coinciden con descripciones típicas de la ley penal.
- Graves.
- Leves.
Fines y Clases de Sanción
- Fines de la Sanción: La sanción disciplinaria tiene una finalidad preventiva y correctiva para garantizar la efectividad de los principios de la función pública.
- Sanciones: El Código establece las clases y límites de las sanciones aplicables (como destitución e inhabilidad general, suspensión e inhabilidad especial, o multa), con criterios definidos para su graduación.
Derechos y Prohibiciones
El Título IV del Código detalla los derechos (como la remuneración y la seguridad social), deberes (como custodiar la documentación y tratar a las personas con respeto) y prohibiciones de los servidores públicos.
Una prohibición clave es distinguir, excluir, restringir o preferir con base en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico. También se prohíbe incumplir de manera reiterada e injustificada obligaciones civiles, laborales o de familia impuestas en decisiones judiciales.
3. Aspectos Procesales Clave
- Poder Disciplinario Preferente: La Procuraduría General de la Nación y las Personerías distritales y municipales tienen poder disciplinario preferente frente a las oficinas de control disciplinario interno de las entidades.
- Unidades de Control Interno: Toda entidad u organismo del Estado debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos disciplinarios.
- Suspensión Provisional: Si un servidor público es suspendido provisionalmente y la investigación termina con fallo absolutorio, archivo o terminación del proceso, será reintegrado a su cargo y tendrá derecho al reconocimiento y pago de la remuneración dejada de percibir durante el período de suspensión.
